El fallo anula artículos de la ley vigente y refuerza el derecho a la privacidad frente al manejo de información oficial.
En una decisión histórica que marca un precedente sobre la privacidad en la era digital, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del uso de datos personales por parte de organismos estatales sin el consentimiento explícito de los ciudadanos. El fallo deja sin efecto artículos clave de la Ley de Protección de Datos, al considerar que el Estado no puede disponer de la información de las personas para fines distintos a los originales.
La causa se inició por una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional. La demandante cuestionó que la ANSES hubiera compartido su información personal con la Secretaría de Comunicación Pública para la difusión de propaganda y contenidos oficiales, algo que la mujer calificó como una invasión a su privacidad al ser contactada de manera reiterada sin su autorización.
Un límite a las excepciones estatales
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez tucumano Daniel Bejas, sostuvo que:
- No existe un «interés legítimo» que justifique la circulación de datos sin conocimiento de sus titulares.
- Las excepciones de la Ley 25.326 eran «excesivas e injustificadas».
- El Estado no puede «vaciar de contenido» la protección de datos eludiendo el consentimiento ciudadano.
«El fallo fija límites claros: que hayamos entregado nuestros datos para un trámite jubilatorio no le da derecho al Gobierno a usarlos para enviarnos publicidad o propaganda política», explicaron fuentes judiciales.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado por cuestiones de forma, sin entrar en el fondo de la constitucionalidad. Sin embargo, la mayoría impuso un criterio que obligará a todos los organismos públicos a revisar cómo manejan sus bases de datos a partir de ahora.
¿Cómo te afecta este fallo?
A partir de este precedente, cualquier ciudadano podrá exigir que su información —nombre, teléfono, correo o domicilio— no sea transferida entre ministerios o dependencias estatales para fines de marketing, encuestas o comunicación política si no dio su permiso previo.
