Impulsada por Santiago Caputo y María Ibarzabal, la iniciativa imita los controles de transparencia de EE.UU. pero abre interrogantes sobre su fiscalización real.
El Poder Ejecutivo nacional avanza a paso firme con su agenda de reformas institucionales y puso bajo los reflectores su ambicioso proyecto de Ley de Lobby. Desde el entorno de la Casa Rosada reconocen abiertamente que el texto toma como espejo tres históricas legislaciones de los Estados Unidos: la Lobbying Disclosure Act de 1995 (LDA), la Honest Leadership and Open Government Act de 2007 y la Foreign Agents Registration Act de 1938 (FARA). Sin embargo, aclararon de forma tajante que la adaptación fue realizada «salvando las distancias» con el sistema normativo argentino y negaron que responda a una exigencia de sus aliados políticos o económicos en Washington.
La iniciativa, que formaba parte de las plataformas originales de La Libertad Avanza pero quedó fuera de la Ley Bases, fue impulsada internamente por el asesor Santiago Caputo y redactada por la secretaria Legal y Técnica, María Ibarzabal, junto a los equipos del Ministerio del Interior que conduce Diego Santilli. Paradójicamente, el Ministerio de Justicia no intervino en la confección del articulado, a pesar de que el texto final incluye tipologías penales complejas, inhabilitaciones administrativas y un capítulo muy sensible sobre la influencia de intereses extranjeros.
Un híbrido entre el control parlamentario y la seguridad nacional
El proyecto argentino amalgama dos modelos norteamericanos muy distintos:
- El modelo LDA (1995): Crea un registro público de gestores de intereses, la obligatoriedad de presentar reportes trimestrales y la publicidad obligatoria de las audiencias. En EE.UU. este control es netamente administrativo y depende del Congreso.
- El modelo FARA (1938): Introduce una regulación rigurosa para los lobbistas que representan a gobiernos, partidos o empresas extranjeras. Aplica reportes especiales y sanciones agravadas si la actividad busca influir en áreas críticas como defensa nacional, seguridad interior, inteligencia, relaciones exteriores, infraestructura o recursos naturales. En EE.UU., este ala la coordina penalmente el Departamento de Justicia.
La gran incógnita: ¿Quién vigilará a los gestores?
El punto que despierta mayores dudas y discusiones dentro del arco político es la autoridad de aplicación. Mientras que para el Poder Legislativo la tarea recaerá en las secretarías administrativas de Diputados y del Senado, el texto establece que en el ámbito del Poder Ejecutivo el control estará en manos del «organismo o jurisdicción que el propio Ejecutivo designe» por vía de reglamentación.
No se trata de un bache menor. Quien resulte designado tendrá el enorme poder de fiscalizar los reportes, recibir denuncias, exigir rectificaciones en plazos de diez días y activar procedimientos sancionatorios. La discusión de fondo es si esa futura oficina administrativa contará con la autonomía, el músculo técnico y el acceso a información reservada suficientes para controlar las presiones sobre el Estado.
Restricciones y «puerta giratoria»: El proyecto también busca frenar la denominada «puerta giratoria» de la política. Dispone que los exfuncionarios públicos no podrán actuar como gestores de intereses durante 24 meses posteriores a su cese ante el organismo donde se desempeñaron o en asuntos donde hubieran intervenido de forma directa.
Penas de prisión y multas millonarias
Para garantizar el cumplimiento de la ley, el oficialismo diseñó un severo esquema de castigos penales y económicos:
- Gestión clandestina: Se prevén penas de 6 meses a 2 años de prisión e inhabilitación para quien realice lobby sin estar formalmente inscripto en el registro.
- Ocultamiento de extranjeros: La pena se eleva hasta los 3 años de cárcel si se falsean reportes para ocultar que el verdadero cliente o beneficiario es un interés del exterior en áreas sensibles del Estado.
- Obstrucción de la fiscalización: Destruir, alterar u ocultar documentación obligatoria requerida por las autoridades se castigará con inhabilitaciones de hasta cuatro años y multas que van desde los 100 hasta los 2.000 salarios mínimos.
